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http://hdl.handle.net/20.500.12423/3979
Título: | Modificatoria al Art. 11° de la ley general de salud respecto de las acciones de intervención de salud en la población con trastorno mental |
Autores: | Sanchez Piscoya, Susan Guadalupe |
Asesor: | Vassallo Cruz, Kathya Lisseth |
ORCID del Asesor: | https://orcid.org/0000-0002-6009-506X |
Palabras claves: | Legislación Salud mental Integración social Enfermedades mentales |
Editorial : | Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo |
País de publicación: | PE |
Fecha de publicación : | 2021 |
Citación: | Sanchez, S. G. (2021). Modificatoria al Art. 11° de la ley general de salud respecto de las acciones de intervención de salud en la población con trastorno mental (tesis de maestría). Recuperada de URL |
URI: | http://hdl.handle.net/20.500.12423/3979 |
Resumen: | La presente investigación se origina por el interés de estudiar la problemática del abandono de las personas con trastornos mentales, el problema de investigación fue el siguiente: ¿Cuáles serán los cambios normativos que deban ser tenidos en cuenta para la modificatoria del artículo 11° de la ley general de salud a fin de que sean brindadas acciones de intervención de salud mental que atiendan y respondan a la realidad de la población con trastorno mental en el Perú?. Frente al problema planteado se formuló como objetivo general la propuesta de modificación del artículo 11° la ley general de salud, y como objetivos específicos i) Identificar la situación actual de las personas con trastornos mentales en el Perú, en las realidades comparadas y plano internacional, ii) Analizar la aplicabilidad y eficacia de la normativa jurídica iii) Establecer los presupuestos legales que sustenten la modificación del artículo 11° de la ley general de salud. Para la obtención de la información como estadísticas, normas, doctrina y jurisprudencia se utilizaron fichas de resumen, bibliográficas, normativas y de análisis documental. Los resultados de la investigación evidenciaron que en nuestra legislación en específico la Ley General de Salud en su artículo 11° señala una serie de garantías para las personas problemas mentales para su atención, y reinserción social, sin embargo, no establece la atención permanente a personas con enfermedades mentales en estado de abandono, las cuales, terminan regresando a vivir a las calles, luego de su tratamiento ambulatorio, siendo necesaria su modificación. |
Tipo de publicación: | http://purl.org/pe-repo/renati/type#tesis |
Grado o título profesional: | http://purl.org/pe-repo/renati/nivel#maestro |
Aparece en las colecciones: | Maestría en Persona, Matrimonio y Familia |
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