Repositorio de Tesis USAT



Please use this identifier to cite or link to this item: http://hdl.handle.net/20.500.12423/4779
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dc.contributor.advisorAguilar Gaitan, Sandro Omares_PE
dc.contributor.authorGuevara Sánchez, Gianella Nayib-
dc.coverage.spatialChiclayoes_PE
dc.creatorGuevara Sánchez, Gianella Nayib-
dc.date.accessioned2022-06-24T20:08:44Z-
dc.date.available2022-06-24T20:08:44Z-
dc.date.issued2022-
dc.identifier.citationGuevara, G. N. (2020). La prórroga del plazo de protesto en los supuestos de hecho fortuito o fuerza mayor aplicable a las personas naturales y jurídicas no sujetas a la supervisión de la SBS (Tesis de licenciatura). Recuperada de URLes_PE
dc.identifier.otherRTU004552-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12423/4779-
dc.description.abstractLa presente investigación tuvo por objetivo establecer las razones jurídicas que justifican la modificatoria del art 76.1 de la ley 27287, en relación a la prórroga del plazo de protesto, en los supuestos de hecho fortuito o fuerza mayor que afecten a las personas naturales y jurídicas no sujetas a la supervisión de la SBS. Para ello, fue necesario explicar las teorías que sirvieron de sustento para su desarrollo como lo es: la teoría general de títulos valores y la teoría contractual moderada; se procedió también a explicar las figuras jurídicas de hecho fortuito o fuerza mayor y su implicancia tanto en jurisprudencia nacional como comparada. Añadido a ello, se precisó los supuestos en las que se sería aplicable la prórroga del plazo de protesto cuando se adviertan hechos fortuitos o de fuerza mayor que sean extraordinarios, imprevisibles e irresistibles, para finalmente establecer que la modificatoria del articulo 76.1 traerá consigo que los títulos valores que se encuentren en dominio de personas naturales y jurídicas no sujetas a la supervisión de la SBS, no pierdan su mérito ejecutivo y como consecuencia se salvaguarde las acreencias de estas, con ello además se evitará que no continúe la situación diferenciada que hoy en nuestro ordenamiento jurídico persiste y que en hechos extraordinarios como los acontecidos por la declaratoria del Estado de emergencia provocada por la covid-19 su aplicación resulta insuficiente.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Católica Santo Toribio de Mogrovejoes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0/es_PE
dc.subjectPersonas (Derecho)es_PE
dc.subjectTítulos valoreses_PE
dc.subjectPerúes_PE
dc.subjectPersonas jurídicases_PE
dc.subjectPerúes_PE
dc.subjectSuperintendencia de Banca y Seguroses_PE
dc.titleLa prórroga del plazo de protesto en los supuestos de hecho fortuito o fuerza mayor aplicable a las personas naturales y jurídicas no sujetas a la supervisión de la SBSes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo. Facultad de Derechoes_PE
thesis.degree.nameAbogadoes_PE
renati.advisor.dni10176792-
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0002-5980-5159es_PE
renati.author.dni71235775-
renati.discipline421016es_PE
renati.jurorPorro Rivadeneira, Manuel Franciscoes_PE
renati.jurorCarrasco Delgado, Blanca Lizbethes_PE
renati.jurorAguilar Gaitan, Sandro Omares_PE
renati.levelhttp://purl.org/pe-repo/renati/nivel#tituloProfesionales_PE
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
usat.lineaOrdenamiento jurídico nacionales_PE
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