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http://hdl.handle.net/20.500.12423/4779
Titre: | La prórroga del plazo de protesto en los supuestos de hecho fortuito o fuerza mayor aplicable a las personas naturales y jurídicas no sujetas a la supervisión de la SBS |
Auteur(s): | Guevara Sánchez, Gianella Nayib |
Adviser: | Aguilar Gaitan, Sandro Omar |
metadata.renati.advisor.orcid: | https://orcid.org/0000-0002-5980-5159 |
Mots-clés: | Personas (Derecho) Títulos valores Perú Personas jurídicas Perú Superintendencia de Banca y Seguros |
Editeur: | Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo |
Country of publication: | PE |
Date de publication: | 2022 |
Référence bibliographique: | Guevara, G. N. (2020). La prórroga del plazo de protesto en los supuestos de hecho fortuito o fuerza mayor aplicable a las personas naturales y jurídicas no sujetas a la supervisión de la SBS (Tesis de licenciatura). Recuperada de URL |
URI/URL: | http://hdl.handle.net/20.500.12423/4779 |
Résumé: | La presente investigación tuvo por objetivo establecer las razones jurídicas que justifican la modificatoria del art 76.1 de la ley 27287, en relación a la prórroga del plazo de protesto, en los supuestos de hecho fortuito o fuerza mayor que afecten a las personas naturales y jurídicas no sujetas a la supervisión de la SBS. Para ello, fue necesario explicar las teorías que sirvieron de sustento para su desarrollo como lo es: la teoría general de títulos valores y la teoría contractual moderada; se procedió también a explicar las figuras jurídicas de hecho fortuito o fuerza mayor y su implicancia tanto en jurisprudencia nacional como comparada. Añadido a ello, se precisó los supuestos en las que se sería aplicable la prórroga del plazo de protesto cuando se adviertan hechos fortuitos o de fuerza mayor que sean extraordinarios, imprevisibles e irresistibles, para finalmente establecer que la modificatoria del articulo 76.1 traerá consigo que los títulos valores que se encuentren en dominio de personas naturales y jurídicas no sujetas a la supervisión de la SBS, no pierdan su mérito ejecutivo y como consecuencia se salvaguarde las acreencias de estas, con ello además se evitará que no continúe la situación diferenciada que hoy en nuestro ordenamiento jurídico persiste y que en hechos extraordinarios como los acontecidos por la declaratoria del Estado de emergencia provocada por la covid-19 su aplicación resulta insuficiente. |
metadata.renati.type: | http://purl.org/pe-repo/renati/type#tesis |
metadata.renati.level: | http://purl.org/pe-repo/renati/nivel#tituloProfesional |
Collection(s) : | Escuela de Derecho |
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